Sociedad
Ley de Familias
El Gobierno de España aprueba la Ley de Familias, con cinco días al año retribuidos por cuidado de un familiar
EITB MEDIA
Equipara los derechos de las parejas de hecho a los de los matrimonios, extiende los beneficios de familias numerosas a monoparentales con dos hijos, y prohíbe que los progenitores impidan el acceso a contenidos sobre diversidad familiar, a través del 'PIN parental', en los centros educativos.
Euskaraz irakurri: Espainiako Gobernuak Familien Legea onartu du; senide bat zaintzeko, urtero ordaindutako bost egun izango dira
El Consejo de Ministros del Gobierno de España ha aprobado este martes la Ley de Familias, un proyecto legislativo propuesto por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, que incluye un permiso de cinco días al año retribuidos por cuidado de un familiar o conviviente, equipara los derechos de las parejas de hecho a los de los matrimonios, extiende los beneficios de familias numerosas a monoparentales con dos hijos, y prohíbe que los progenitores impidan el acceso a contenidos sobre diversidad familiar, a través del conocido como 'PIN parental', en los centros educativos.
La ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030 del Gobierno de España, Ione Belarra, ha declarado que se trata de una ley que comienza a "remediar carencias históricas" y que "refuerza la protección de todas las familias". En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, Belarra ha destacado que la Ley de Familias supone "una de las leyes más importantes de este curso político".
"Cualquiera que tenga hijos o que haya visto criar sabe lo difícil que es conciliar la vida laboral y personal en España; es prácticamente ciencia ficción", ha indicado Belarra, al tiempo que ha añadido que, hasta ahora, se ha pedido a padres y madres que sean "superhéroes", y, a partir de ahora, se les va a pedir "que sean solo padres y madres, que ya es bastante".
El texto de la ley se articula en torno a cuatro pilares principales: la ampliación de la protección social a las familias y el apoyo a la crianza, avanzar en la garantía del derecho a la conciliación, el pleno reconocimiento de los distintos tipos de familias que ya existen en el Estado español, y el reconocimiento y protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.
En cuanto a la ampliación de la protección social a las familias, se extenderá la renta crianza de 100 euros al mes para un mayor número de familias con hijos e hijas de cero a tres años; según los cálculos del Gobierno español, esta medida beneficiará a entre 200 000 y 250 000 nuevas madres en el Estado español. La ampliación incluye a todas las madres que estén percibiendo una prestación por desempleo, contributiva o no, y también a las que, sin reunir los requisitos previamente, coticen 30 días a partir del parto. También recibirán el 100 % de la prestación las mujeres que tengan un empleo a tiempo parcial o temporal.
Asimismo, se crea la denominación de 'Familias con mayores necesidades de apoyo a la crianza', entre las que se incluye a las "familias numerosas", además de las monomarentales con dos hijos, las familias con dos hijos donde un ascendiente o descendiente tenga discapacidad, las familias con dos hijos encabezadas por una víctima de violencia de género o por un cónyuge que haya obtenido la guardia y custodia exclusiva sin derecho a pensión de alimentos, y las familias con dos hijos en la que un progenitor esté en tratamiento hospitalario durante un año o haya ingresado en prisión.
Por otro lado, pasarán a considerarse familia con mayores necesidades de apoyo a la crianza "de categoría especial" las familias que hasta ahora eran consideradas numerosas de categoría general, como aquellas con cuatro hijos, en vez de cinco como hasta el momento, las familias con tres hijos en caso de parto múltiple, en vez de cuatro como en la actualidad, y las familias con tres hijos y bajos ingresos (hasta el 150 % del IPREM, es decir, del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, que es un índice empleado como referencia para la concesión de ayudas, subvenciones o el subsidio de desempleo).
Tres permisos de cuidados
Respecto a la garantía del derecho a la conciliación, la ley crea tres permisos de cuidados: un permiso por cuidado de cinco días al año, retribuidos, para atender a un familiar hasta segundo grado o conviviente, que los trabajadores o trabajadoras podrán utilizar en caso de accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que necesite reposo; un permiso parental de ocho semanas, que se podrán disfrutar de forma continua o discontinua, hasta que el menor cumpla ocho años, y un permiso por ausencia por fuerza mayor familiar que requiera atención inmediata, que será de cuatro días retribuidos al año y que se podrá disfrutar por horas.
Asimismo, se extenderá el subsidio por nacimiento y cuidado no contributivo a adoptantes y familias de acogida, se ampliará la pensión de orfandad un año, hasta los 26, y el permiso por cuidado de menor con cáncer o enfermedad grave hasta los 26 años en caso de discapacidad.
Sobre el reconocimiento de los distintos tipos de familias, la ley avanza en la equiparación de derechos entre los matrimonios y las parejas de hecho, puesto que estas últimas tendrán acceso a los 15 días de permiso por registro equiparables al matrimonio.
La ley genera, asimismo, un nuevo marco de reconocimiento y protección para las familias LGTBI, con algún miembro con discapacidad, familias múltiples, reconstituidas, adoptivas o acogedoras. En concreto, las familias múltiples, es decir, aquellas que tienen varios hijos o hijas a la vez, serán consideradas como colectivo de especial protección y los hijos e hijas de parejas no casadas podrán ser inscritos en el registro por el progenitor no gestante.
Además, el texto legislativo prohíbe que los progenitores y tutores impidan el acceso a contenidos sobre diversidad familiar a través del conocido como 'PIN parental' en los centros educativos, y mejora el Fondo de Garantía del Pago de Alimentos, para el que se agilizan los trámites y que beneficiará también a los hijos e hijas de parejas de hecho, mayores de edad con discapacidad o en situación de dependencia.