Sociedad
Violencia machista
Condenado a cuatro años de cárcel por agredir sexualmente a una menor en el barrio donostiarra de Egia
Agencias | EiTB Media
Además, tendrá otros dos de libertad vigilada una vez cumpla la pena de prisión. Los hechos sucedieron el 7 de enero de 2019 en un parque. La sentencia aún no es firme, ya que es posible recurrirla aún en apelación ante el TSJPV.
Euskaraz irakurri: Lau urteko espetxe-zigorra ezarri diote Donostiako Egia auzoan adingabe bati sexu-erasoa egiteagatik
El joven de 24 años acusado de agredir sexualmente a una adolescente de 15 años el 7 de enero de 2019 en un parque del barrio donostiarra de Egia ha sido condenado a cuatro años de cárcel y a otros dos de libertad vigilada una vez cumpla la pena de prisión.
Según la sentencia del caso, los hechos sucedieron sobre las 21:45 horas de aquel día, cuando el acusado y su víctima, que no se conocían previamente, coincidieron en la estación de Hernani (Gipuzkoa) donde tomaron un tren en dirección a Donostia-San Sebastián y mantuvieron una conversación hasta llegar a la parada de Ategorrieta, lugar en el que se separaron.
Seguidamente, la chica se dirigió a un parque junto al campo de fútbol de Matigotxotegi y se sentó en un banco, en el que poco después también se sentó el procesado quien, "con la intención de satisfacer su instinto sexual", comenzó a agarrarla del hombro y a tocarle los pechos por encima de la ropa", si bien la menor lo apartó al tiempo que le decía que "no quería que lo hiciera".
La resolución concreta que, a pesar de ello, el hombre "se le echó encima, la tiró al suelo y se puso sobre ella", por lo que la chica "comenzó a gritar" mientras el acusado le ponía la mano en la boca "para impedirlo" y le decía que se callara.
Como la joven no lo hizo, el inculpado la aferró del cuello con los dos brazos "llegando la chica a sentir sensación de ahogo", si bien en un momento dado consiguió apartar a su atacante que nuevamente se colocó a su lado y le tocó la zona de la "entrepierna" hasta que la adolescente logró apartarle la mano, ponerse en pie y "escapar del lugar".
Para condenar al hombre, la sentencia concede total "credibilidad" a la declaración de la víctima cuyo testimonio ha resultado "persistente" a lo largo de todo el procedimiento, además de ser "coherente" y carecer de "contradicciones".
La sentencia insiste además en que la "valoración conjunta" de las declaraciones de la menor, de su madre, de los agentes de la Guardia Municipal y de los peritos oficiales que intervinieron en el caso "refuerza" la "fiabilidad" de la principal de todas ellas que es la de la víctima.
La sentencia aún no es firme, ya que es posible recurrirla aún en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV).