Sociedad
Coronavirus
Entra en vigor el uso obligatorio de la mascarilla en Euskadi
eitb.eus
El uso es obligatorio aunque se respete la distancia de seguridad, y en los bares solo se puede quitar para el momento de la ingesta de la bebida o comida.
Euskaraz irakurri: Musukoa derrigorrezkoa da jada EAEn
El uso de la mascarilla ya es obligatorio en la CAV a partir de este jueves, 16 de julio, tal y como había anunciado la consejera de Sanidad del Gobierno Vasco, Nekane Murga.
Murga ha dicho que el virus, "lejos de desaparecer, sigue circulando", y añadiendo la "evolución de las infecciones" de los últimos días, han decidido la "publicación hoy mismo de nuevas medidas con carácter general", para el conjunto de la CAV, que se pondrán en vigor esta medianoche.
Murga ha detallado que el uso de la mascarilla será obligatorio en la calle y en los espacios públicos cerrados "independientemente de la distancia interpersonal".
En lo que se refiere a la hostelería (bares, restaurantes, sociedades gastronómicas…), se deberá utilizar mascarilla y solo se podrá quitar “en el momento de la ingesta”. Además, el límite de personas alrededor de una mesa no podrá exceder de 10, sea fuera o dentro del establecimiento, y las ampliaciones de horario quedan en suspenso. Deberán ser los hosteleros los que garanticen que se respetan las medidas.
En las playas y piscinas será obligatorio el uso de mascarilla “en los desplazamientos”, y se podrá quitar al tumbarse o sentarse en un lugar, siempre y cuando se guarde un metro y medio de distancia, o las personas sean de la misma unidad de convivencia.
Además, Murga no ha descartado aplicar nuevas medidas según la evolución de la pandemia. En ese sentido, ha destacado que la implantación de la nueva normalidad coincide con el periodo vacacional, y que eso provoca que haya aglomeraciones y no se respeten las medidas de prevención.
Además, el Gobierno Vasco prohíbe la actividad en lonjas juveniles y locales de características similares. En el decreto precisa que consumir de manera colectiva o en grupo de bebidas en la calle o en espacios públicos, de forma ajena a los establecimientos de hostelería o similares, "será considerado como situación de insalubridad".