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Sociedad

Nueva ley de igualdad

El Gobierno Vasco refuerza las ayudas y el apoyo a las víctimas de violencia machista

EITB.EUS

El consejo de gobierno ha aprobado la segunda reforma de la Ley de Igualdad, que prevé, entre otros, el reconocimiento a las víctimas de trata o a los menores que convivan en un entorno de violencia.

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Izaskun Landaida / EiTB

Euskaraz irakurri: Jaurlaritzak indarkeria matxistaren biktimentzako laguntzak eta babesa indartu ditu

El Gobierno Vasco considera necesario reforzar las políticas de igualdad y las ayudas a las diferentes víctimas de violencia machista. Con este objetivo, el consejo de gobierno ha aprobado este martes el proyecto de ley de segunda modificación de la Ley vasca para la Igualdad de Mujeres y Hombres de 2005, y que a partir de ahora se remitirá al Parlamento para su tramitación.

En la rueda de prensa tras el consejo de gobierno, la directora de Emakunde, Izaskun Landaida, ha comparecido junto al portavoz Josu Erkoreka para explicar las principales novedades que supone la reforma. Landaida ha confiado en que la ley se apruebe esta legislatura, pese a los escasos meses que quedan para que concluya la misma.

El proyecto de ley incluye medidas para combatir la desigualdad entre mujeres y hombres, y dedica una buena parte de su contenido a la violencia machista. Sobre esta última, Landaida ha destacado que se ha realizado un gran esfuerzo para situarla "dentro del problema sistémico y universal de la desigualdad de mujeres y hombres", tal y como insta a legislar el Convenio de Estambul.

Según ha explicado, el texto normativo ha sido consensuado con diversos agentes y ha recibido 400 aportaciones por parte de expertas en género e igualdad, instituciones, agrupaciones feministas y profesionales de la atención a víctimas de la violencia machista, entre otras.

Medidas previstas

- Se amplía el sistema de atención a las víctimas de todas las formas de violencia machista. Así, además de las víctimas de la violencia ejercida por pareja o ex pareja o intrafamiliar y de la violencia sexual, se atenderá también a las víctimas de la trata con fines de explotación sexual.

- Se dota de mayor protección a las y los menores y otras personas dependientes que convivan con un entorno de violencia machista. La ley las considera expresamente víctimas y supervivientes de la violencia machista. Además, se crean ayudas para hijos e hijas huérfanos como consecuencia de la violencia machista.

- Se reconoce el derecho de reparación de las víctimas. Asimismo, prevé para las víctimas una nueva ayuda económica, compatible con las ya existentes, para supuestos de impago de indemnizaciones establecidas por resolución judicial.

- La ley apunta, asimismo, hacia la superación de la centralidad de la denuncia y de la visión policial-judicial de la violencia contra las mujeres. Así, se sitúa en el centro de las medidas los derechos de las víctimas y supervivientes y su empoderamiento, con independencia de su grado de implicación o colaboración con el procedimiento judicial.

- La ley prevé formación obligatoria, progresiva y permanente, en materia de igualdad para todo el personal de las administraciones públicas. En particular para el personal implicado en la respuesta frente a la violencia machista contra mujeres, una formación inicial y continua obligatoria.

- Las administraciones vascas tendrán que garantizar ayudas a las víctimas que acrediten insuficiencia de recursos y unas especiales dificultades para obtener empleo. Asimismo, deberán garantizar un trato preferente en los recursos públicos para la orientación sociolaboral y para el acceso a cursos de formación, y las administraciones deberán promover su contratación laboral.

-  Se mejoran los sistemas de detección temprana de la violencia mediante protocolos actualizados para los profesionales del ámbito educativo, sanitario, policial, judicial, laboral y social.

- Se aumentará la investigación y se mejorarán el registro y la difusión de datos sobre violencia. También se plantea la creación de un Observatorio de Igualdad que permita tener una visión global y permanente.

- Se prohíbe toda discriminación basada en el sexo de las personas, tanto directa como indirecta y cualquiera que sea la forma utilizada para ello.