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Política

Nuevo Código Penal

Prisión permanente y custodia de seguridad, novedades del Código Penal

Redacción

El Consejo de Ministros ha aprobado este jueves el anteproyecto de ley de reforma del Código Penal, que introduce varias novedades que afectan a los delitos de violencia machista.

01:24
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El Consejo de Ministros ha aprobado este jueves el anteproyecto de ley de reforma del Código Penal, que introducirá medidas como la prisión permanente revisable o la custodia de seguridad, que establecerá un periodo de vigilancia posterior en casos de delitos de especial gravedad. Así lo ha anunciado el ministro de Justicia Alberto Ruiz- Gallardón, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros y espera que pueda estar aprobada y en vigor en el plazo de un año.

El nuevo Código Penal introduce dos nuevas figuras: la prisión permanente revisable y la custodia de seguridad. El primero, se trata de una especia de cadena perpetua, pero con una diferencia, y es que si el preso demuestra que ha conseguido la reinserción, podrá salir en libertad. Aun así, el preso deberá permanecer, entre 25 y 35 años en prisión. Esta figura se aplicará en los casos de terrorismo, magnicidio y genocidio, entre otros.

La custodia de seguridad, no es una pena en si, pero en la practica significa que el preso puede estar hasta 10 años más en prisión, aunque haya cumplido su condena, cuando el tribunal que haya dictado la sentencia crea que el condenado es especialmente peligroso. Se aplicará a los delitos de asesinato, homicidios, secuestros y agresiones sexuales.

Violencia machista
En el anteproyecto de ley también se introducen algunas novedades para castigar el matrimonio forzado o los actos de hostigamiento hacia la mujer, entre otras conductas, con el objetivo de reforzar su protección y la igualdad.

La reforma que contempla, por primera vez, penas de prisión de hasta tres años para los matrimonios forzosos y de entre seis meses y un año por la difusión de imágenes y grabaciones íntimas sin consentimiento, así como con hasta dos años para determinadas figuras de acoso que hasta ahora no estaban tipificadas.

Por primera vez,  se tipificarán diversas conductas de acoso, que no pueden por el momento ser perseguidas a través de los tipos de amenazas y coacciones, que podrán ser penadas hasta con dos años de prisión. Gallardón ha puesto como ejemplo el uso indebido de datos personales con el fin de que terceras personas se pongan en contacto con la víctima o atentar contra su libertad o patrimonio o el de persona próxima a ella.

Los escándalos financieros y la mala gestión serán castigados
El nuevo Código Penal ampliará los delitos de administración desleal e insolvencia punible para perseguir más en el futuro a los responsables de escándalos financieros y de mala gestión empresarial y a quienes provoquen que una empresa quiebre o entre en concurso de acreedores.

Según se desprende del texto del anteproyecto de ley, el delito de administración desleal, que será considerado un delito contra el patrimonio en lugar de societario, castigará "los actos de gestión desleal cometidos mediante abuso o deslealtad por quien administra el patrimonio de un tercero y le causa un perjuicio o simplemente crea una situación de peligro".

Otras reformas
El nuevo Código Penal también castigará la incitación al odio o la violencia por raza, religión u origen, así como el negacionismo de crímenes contra la humanidad, específicamente el Holocausto, si incitan a actos violentos.


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