Política
LEY DE AMNISTÍA
AGENCIAS | EITB MEDIA
Asimismo, tal y como se preveía, el Pleno de la corte de garantías ha admitido la solicitud del exministro de Justicia y magistrado Juan Carlos Campo de apartarse.
El Tribunal Constitucional, en una imagen de archivo. Foto: EFE
El Tribunal Constitucional (TC) ha resuelto este miércoles por unanimidad admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Tribunal Supremo (TS) sobre la aplicación de la Ley de Amnistía al delito de desórdenes público, el día que ha terminado el plazo para recurrir la norma.
Fuentes jurídicas han informado de que el Pleno ha acordado revisar la norma. El pasado mes de julio, el Supremo trasladó la cuestión de inconstitucionalidad al considerar que el artículo 1 de la ley "vulnera el derecho constitucional a la igualdad y los principios de seguridad jurídica, proscripción de la arbitrariedad y exclusividad jurisdiccional".
El alto tribunal decidió acudir al Constitucional tras estudiar el caso de dos condenados por desórdenes públicos por unos hechos ocurridos en Girona tras la sentencia que condenó al exvicepresidente catalán Oriol Junqueras y otros líderes del 'procés'.
Por otra parte, el tribunal ha aceptado la abstención del exministro de Justicia y magistrado Juan Carlos Campo, que pidió apartarse de este asunto porque siendo ministro firmó los expedientes de los indultos a los líderes independentistas en un documento en el que tachaba una futura amnistía de inconstitucional.
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