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Política

'caso Villarejo'

La AN anula la condena de 19 años a Villarejo y ordena redactar una nueva sentencia que estudie el cohecho

Agencias | EITB Media

Estima el recurso de Anticorrupción que rebatía la absolución del cohecho y recuerda que este delito no precisa un daño a la causa pública.

  • José Manuel Villarejo, en la Audiencia Nacional.

    José Manuel Villarejo, en la Audiencia Nacional. Foto: EFE

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La Sala de Apelación de la Audiencia Nacional ha anulado la primera sentencia del 'caso Villarejo' que condenó a 19 años de cárcel al comisario jubilado José Manuel Villarejo y ha ordenado al mismo tribunal que elaboró la primera una nueva resolución que valore la totalidad de la prueba practicada en el juicio oral y que se pronuncie sobre todos los delitos objeto de acusación, incluido el cohecho.
   
Los magistrados estiman así parcialmente los recursos planteados por las acusaciones, entre ellas la Fiscalía Anticorrupción -que pedía 83 años de cárcel para el comisario-, y los acusados que fueron juzgados por tres piezas -'Iron', 'Land' y 'Pintor'- de la macrocausa 'Tándem'. Cabe recordar que, en esa sentencia, ahora anulada, se condenó a Villarejo por delitos de revelación de secretos de empresas y particulares y falsedad documental al tiempo que se le absolvía del delito de cohecho y de extorsión en grado de conspiración.
   
La Sala de Apelación estima el recurso de la Fiscalía Anticorrupción que rebatía la absolución del delito de cohecho, uno de los delitos nucleares de la macrocausa porque el Ministerio Público siempre ha sostenido que el comisario se valió de su condición de funcionario para esos proyectos privados.
   
Los magistrados evitan pronunciarse sobre ese cohecho dado que al haber acordado la nulidad dejan al tribunal sentenciador ese asunto para que lo plasmen en el nuevo fallo una vez que hayan valorado la totalidad de la prueba practicada en el juicio oral.

Por otro lado, la Sala de Apelación indica que se debe llevar a cabo una valoración de las pruebas practicadas en el juicio y sobre las que no existe motivación alguna, y debe pronunciarse respecto de los delitos de extorsión en alguna de las piezas, la obstrucción a la Justicia y la falta de motivación de las indemnizaciones fijadas en concepto de responsabilidad civil.

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