Política
Convocatoria el 28 de marzo
Redacción
El TS quiere agilizar la resolución "ante la exigencia de compatibilizar el procedimiento con la convocatoria de elecciones". Sortu tiene siete días para presentar alegaciones.
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La Sala del 61 del Tribunal Supremo (TS), la competente para aplicar la Ley de Partidos Políticos, ha admitido este martes la demanda que la Fiscalía ha interpuesto contra la inscripción de Sortu en el registro del Ministerio del Interior, que se suma a la que ya se tramita desde el pasado jueves en el mismo sentido a instancias de la Abogacía del Estado.
La Fiscalía General del Estado ha aportado en su demanda contra Sortu indicios que conectan la actividad de ETA y Batasuna con la nueva formación, por lo que solicitan que se ejecute la sentencia que ilegalizó en 2003 el partido de la izquierda abertzale y se impida su inscripción y actividades.
Lo más probable es que ambas demandas acaben acumulándose en una, pero por el momento cada iniciativa cuenta con un magistrado ponente diferente.
El Supremo ha dado a Sortu un plazo de siete días para presentar alegaciones a las demandas. Por otro lado, se han dado cinco días para alegar tanto a la Fiscalía como a Batasuna.
El alto tribunal quiere agilizar al máximo la resolución de este asunto "ante la exigencia de cohonestar (compatibilizar) el procedimiento con la convocatoria de elecciones" municipales y forales prevista para el próximo 28 de marzo.
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