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Política

Caso 'Jaque mate'

El TSJPV abre la puerta al juicio oral contra Arraiz

Agencias | Redacción

El magistrado ha dado traslado a las partes para que, en un plazo de diez días, soliciten la apertura de juicio oral contra el encausado. Contra esta resolución, cabe interponer recurso.

  • El presidente de Sortu, Hasier Arraiz, cuando fue citado a declarar por el caso 'Jaque mate'. EiTB

    El presidente de Sortu, Hasier Arraiz, cuando fue citado a declarar por el caso 'Jaque mate'. EiTB

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La Sala civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha dado traslado a las partes para que puedan solicitar la apertura de juicio oral por la causa abierta contra el presidente de Sortu y parlamentario de EH Bildu, Hasier Arraiz, acusado de un supuesto delito de injurias contra las Fuerzas de Seguridad del Estado (FSE) por las declaraciones que realizó tras la operación de la Guardia Civil, en la que se detuvo, entre otros, a 12 abogados, en las que emplazó a dar "jaque mate" al instituto armado.

La causa por el caso de 'Jaque mate' se inició al querellarse contra Hasier Arraiz la Asociación Dignidad y Justicia por unas declaraciones realizadas en rueda de prensa el 12 de enero de 2015, después de que la Guardia Civil realizara una operación, en la que detuvo a 12 abogados que defendía habitualmente a presos vascos. Este operativo se había llamado 'Mate' y era continuación de otro denominado 'Jaque'.

En la comparecencia ante los medios de comunicación, Arraiz acusó al Estado español de ser "un Estado terrorista" y al instituto armado de "participar en "la política penitenciaria criminal" de España. Haciendo un juego de palabras, emplazó a dar "jaque mate" a la Guardia Civil y le instó a abandonar Euskadi.

En el auto de Roberto Sáiz, fechado el 26 de abril y hecho público este jueves, el magistrado da traslado a las partes para que, en un plazo de diez días, soliciten la apertura de juicio oral contra el encausado, formulando escrito de acusación o sobreseimiento, o en su caso, pidan aquellas diligencias que consideren indispensables para formular acusación. Contra esta resolución, cabe interponer recurso de reforma y de apelación.

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