Política
Cataluña
Agencias | Redacción
La Ley Orgánica de Régimen Electoral General recoge la obligación de los cargos electos de "jurar o prometer acatamiento a la Constitución" en el momento de tomar posesión.
Artur Mas y Carles Puigdemont en la toma de posesión. Foto: EFE
La Abogacía del Estado estudiará si se puede impugnar la toma de posesión de Carles Puigdemont como presidente de la Generalitat después de que el exalcalde de Girona no haya jurado ni prometido lealtad al rey y la Constitución, según han indicado fuentes gubernamentales.
En la toma posesión celebrada en el Palau de la Generalitat, el nuevo presidente catalán ha asumido el cargo sin mencionar al rey ni la Constitución, y ha prometido ser fiel a la voluntad de los catalanes.
La Ley Orgánica de Régimen Electoral General recoge la obligación de los cargos electos de "jurar o prometer acatamiento a la Constitución" en el momento de tomar posesión "para adquirir la plena condición de sus cargos".
El ministro de Justicia, Rafael Catalá, ya había advertido el martes por la mañana que el Gobierno estaría pendiente de la toma de posesión de Puigdemont para ver "cómo se produce y si es respetuosa con la Constitución o si genera algún tipo de infracción".
Condición de aforado
La Abogacía del Estado estudiará ahora si procede la impugnación de la toma de posesión de Puigdemont, que tiene condición de aforado en función de su cargo institucional.
El presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, ya avisó el pasado domingo que no dejará pasar ni una sola actuación que vaya contra la ley y enfatizó que "no le faltará firmeza" para defender la Constitución, la unidad y la soberanía nacional.
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