Política
Tras la sentencia del TEDH
Redacción
Además, ha reclamado que se le ponga en libertad en el plazo más breve, ya que entiende que la sentencia no da "ninguna elección".
La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha comenzado la reunión del pleno extraordinario. EiTB
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La Fiscalía ha apoyado hoy la excarcelación de Inés del Río porque la sentencia del Tribunal de Estrasburgo que anuló en su caso la aplicación de la doctrina Parot es "clara a la hora de indicar la medida requerida para poner remedio al derecho o derechos vulnerados".
La Fiscalía de la Audiencia Nacional reclama entonces que se le ponga en libertad en el plazo más breve, ya que entiende que la sentencia no da "ninguna elección", han informado hoy fuentes jurídicas.
La Audiencia Nacional ha iniciado ya un pleno extraordinario para analizar, en exclusiva, la situación procesal de la presa de ETA Inés del Río después de que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos haya rechazado el recurso del Gobierno contra la sentencia que condenó a España a indemnizarla por haberle aplicado la 'doctrina Parot'.
Este asunto volverá a tratarse por los 18 magistrados que integran el Pleno de lo Penal de la Audiencia Nacional el próximo viernes, día en el que había sido convocado un Pleno ordinario, cuya fecha se mantiene, y que incluía la discusión de dos recursos interpuestos por miembros de ETA contra la aplicación en su caso de este doctrina.
Se trata de los recursos Jofesa Mercedes Enaga, miembro del comando Barcelona y condenada por el atentado al Hipercor de esta ciudad en junio de 1987; y Juan Manuel Piriz López, condenado al principio de los ochenta por, entre otros delitos, el asesinato de un exmilitante de la organización.
No será, por lo tanto, hasta el viernes cuando la Audiencia Nacional trate en concreto la repercusión de la resolución de Estrasburgo de otros presos diferentes a Inés del Río.
Doctrina anulada
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) rechazó por unanimidad la aplicación de la doctrina Parot. La gran sala ha confirmado la sentencia dictada en torno a la presa de ETA Inés del Río, que, advierte, debía haber acabado en 2008 de cumplir su condena.
El fallo, que es definitivo y no puede ser objeto de recurso, pide (con 16 votos contra 1), la excarcelación de la miembro de ETA y dice por unanimidad que España vulneró el artículo 5.1 (Derecho a la libertad y a la seguridad) y (por 15 votos contra 2) el artículo 7 (No hay pena sin ley) del Convenio Europeo de Derechos Humanos.
Inés del Rio fue condenada a 3.828 años de prisión por un total de 24 asesinatos y atentados como el de la plaza de República Dominicana de Madrid, en el que fallecieron 12 guardias civiles.
Según el Tribunal, España ha violado los artículos 7 y 5.1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos que respectivamente establecen que "no hay pena sin ley" que la avale y "el derecho a la libertad y la seguridad" en el caso de Inés del Dío y le he instado a liberarla "a la mayor brevedad" y le obliga a indemnizarla con 30.000 euros por daños morales en un plazo de tres meses, tal y como dictó su Tercera Sección en su sentencia del 10 de julio de 2012. También obliga a España a pagarla 1.500 euros en concepto de costas judiciales.
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