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Economía

RGI

Novedades del futuro sistema vasco de garantía de ingresos

M. D. | EITB Media

El anteproyecto de la Ley del Sistema de Garantía de Ingresos e Inclusión integra el IMV en la administración de la CAV y amplía los supuestos en los que se percibe. Estas son las principales novedades que incluye la propuesta.

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La nueva ley que diseñará el sistema ayudas de la Comunidad Autónoma Vasca, denominada Ley del Sistema Vasco de Garantía de Ingresos e Inclusión, ya ha sido propuesta en el seno del Gobierno Vasco y enviada para su debate y aprobación al Parlamento Vasco.

El anteproyecto integra el Ingreso Mínimo Vital en el sistema vasco, amplía los casos que quedan cubiertos, mejora las cuantías y "simplifica y agiliza" la gestión hacia un modelo más "ágil, moderno y claro".

Estas son las principales novedades que incluye la propuesta, según lo expuesto por el propio Ejecutivo.

Mejoras para:

-          Mujeres: en caso de separación, de conciliación y para las víctimas de violencia de género, trata y explotación sexual.

-          Menores: se exige menos empadronamiento, no hay tope de complementos, y se mantiene prestación aunque haya incumplimientos.

-          Personas con discapacidad: se rebaja la exigencia de empadronamiento con el 33 % de discapacidad reconocido.

-          Víctimas del terrorismo: no se pide antigüedad en el empadronamiento.

-          Pensionistas: se mejoran las cuantías a percibir

-          Personas refugiadas: no se pide antigüedad en el empadronamiento.

Mejoras para colectivos.

Principales novedades respecto de la prestación económica:

o   Se definen unidades de convivencia ordinarias y excepcionales

o   Se elimina el límite de prestaciones reconocidas por domicilio

o   Se incorpora coeficiente reductor cuando hay más de una unidad de convivencia por domicilio

Este anteproyecto prevé que las cuantías se actualicen cada año mediante los Presupuestos de la CAV, pero la base será la misma reconocida en el IMV. De aprobarse este mismo año, estos serían algunos cambios:

- Una persona adulta sola pasaría de recibir 727 euros a 737,45 euros.

- Dos personas adultas, de 934 euros a 983,26 euros.

- Una persona adulta con un menor, de 987 euros a 1007,84 euros.

- Dos personas adultas con un menor, de 1033 euros a 1130,75 euros.

- Una persona adulta con dos menores, de 1003 euros a 1155,33 euros.

- Dos personas adultas con dos menores, de 1033 eros a 1278,24 euros.

- Dos personas adultas con tres menores, de 1033 euros a 1425,72 euros.

- Una persona adulta pensionista, de 835 euros a 934,10 euros.

- Dos personas adultas de las cuales una es pensionista, de 1043 euros a 1179,91 euros.

- Tres personas adultas de las cuales una es pensionista, de 1127 euros a 1327,40 euros.

Cálculo de prestaciones.

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