Economía
Reforma fiscal
Redacción
El proyecto de ley de la reforma fiscal, aprobado por el Gobierno, prevé que se pueda disponer de las aportaciones no sólo en casos extremos, como enfermedad grave o desempleo de larga duración.
El ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro. EFE
El proyecto de ley de la reforma fiscal, aprobado hoy por el Gobierno, prevé que se pueda disponer de las aportaciones a los planes de pensiones cuando cumplan 10 años de antigüedad y no sólo en casos extremos, como enfermedad grave o desempleo de larga duración.
Con la reforma se podrá disponer anticipadamente de las aportaciones a planes de pensiones, planes de previsión asegurados, planes de previsión social empresarial y contratos de seguro concertados con mutualidades de previsión social, que tengan más de 10 años de antigüedad, así como de los rendimientos generados por las citadas aportaciones.
Hacienda indica que las condiciones y límites de estas disposiciones se fijarán reglamentariamente. Las cantidades dispuestas tributarán como rentas del trabajo en el IRPF.
En el caso de planes de pensiones del sistema empleo, planes de previsión social empresarial y los concertados con mutualidades de previsión social para los trabajadores de las empresas, la liquidez se condiciona a que así lo permita el compromiso y lo prevean las especificaciones del instrumento de previsión correspondiente.
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