Economía
Tras la sentencia
Redacción
La Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros ha valorado la sentencia sobre la venta de Aportaciones Subordinadas ya que BBVA deberá devolver el dinero adquirido.
Una de las muchas protestas de la plataforma. Foto: EiTB
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El representante de la Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros (Adicae), Francisco Javier Alvarado, ha considerado que la sentencia que condena a BBVA a reintegrar a 68 particulares las cantidades invertidas en la compra de las Aportaciones Financieras Subordinadas (AFS), es "la luz para muchos consumidores que pueden ver que su dinero es recuperado a través de demandas".
En declaraciones a los periodistas una vez hecha pública la sentencia, Alvarado ha realizado una valoración positiva del fallo, ya que "el BBVA es condenado a devolver el dinero".
"Se aceptan las pretensiones de los consumidores y el BBVA es condenado a devolver el dinero íntegramente. Se anulan los contratos y se ordena que se devuelva el dinero", ha indicado, para añadir que por lo que respecta a Eroski "no se aceptan las demandas".
A su juicio, la sentencia es "la luz para muchos consumidores que pueden ver que su dinero es recuperado a través de demandas", al tiempo que ha remarcado que la sentencia es "recurrible". Por lo que respecta a los intereses ha advertido de que "si el contrato no existe se devuelven y se les debe aplicar un interés legal del dinero".
Sentencia
La resolución del magistrado Marcos Bermúdez ha sido notificada este mismo lunes a las partes, después de que la semana pasada se celebrara el juicio por la demanda colectiva de la Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros (Adicae), que representaba a 68 personas que adquirieron Aportaciones Financieras Subordinadas (AFS). La asociación demandó a Eroski por publicidad engañosa y a BBVA la devolución a sus clientes de lo que invirtieron en ese producto.
Según la sentencia hecha pública hoy, el juez ha fallado en el sentido que pedía la Fiscalía: condenar al BBVA a devolver las cantidades a los inversores y declarar nulos los contratos de esos productos por contener cláusulas abusivas, y absolver a Eroski al considerar que la publicidad que emitió de su producto no fue engañosa.
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